Abogado aborda los caminos en caso de que se apruebe o rechace el nuevo texto

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Hoy domingo chilenas y chilenos acudirán nuevamente a las urnas.

Hay sanción de no acudir a sufragar. Hoy se definirá si se aprueba o se rechaza el nuevo texto propuesto por el Consejo Constitucional. En el caso de que se imponga la segunda opción, se mantendrá la Carta Magna actual.

Hoy domingo chilenas y chilenos acudirán nuevamente a las urnas para votar a favor o en contra de la nueva propuesta constitucional, proceso que es obligatorio para todos los ciudadanos. “Hay una sanción en caso de no acudir a votar, no es opcional y nos obliga a todos a hacernos responsables de las decisiones que nos van a impactar queramos o no, participemos o no”, advirtió el profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Tarapacá, Javier Valle.

DOCUMENTO JURÍDICO
En tal contexto, el abogado constitucionalista indicó que es relevante recordar en qué consiste una Constitución: “Es el documento jurídico que para nosotros es lo más cercano a un contrato. Pero a diferencia de los que se firman todos los días entre dos personas, la Constitución es un documento jurídico que tiene efectos para todas las personas y están hechas en teoría para durar mucho tiempo. Por ejemplo, la Carta Magna de Estados Unidos tiene más de 200 años”, dijo. Valle explicó también que, a diferencia de los contratos entre dos personas, que tienen cláusulas muy definidas y claras, en la Constitución “estas son muy abstractas” y se pueden entender e interpretar “de muchas formas distintas, por lo que es un tema delicado”. Y en tal sentido, sostuvo que “un mínimo deber de los ciudadanos es averiguar e informarse sobre lo que el nuevo texto propone, porque se trata de una decisión que va mucho más allá de lo que puede ser la elección de un Presidente, cuyo período es de cuatro años, esta es una decisión de largo plazo”.

SI SE RECHAZA
Pero qué pasa si el texto se rechaza: “Sigue vigente la Constitución actual. Sin ninguna modificación, sin ningún cambio. Que es un texto que no entró en vigencia en 1980, sino en 1990, cuando Chile recuperó la democracia. El texto entre el 80 y el 90 no tenía efectividad, o muy poca. Y luego ha sido sujeto a muchas reformas. Yo diría que las más importantes fueron recién en el 2022. ¿Un nuevo proceso es algo obligatorio? “No. Y para que haya un proceso eso no es automático. Tendría que volver a haber un acuerdo transversal, modificar la Constitución vigente y agregar un nuevo proceso”, detalló el abogado. Y agregó que la vía legal para hacer futuros cambios, sin tener que pasar por un nuevo proceso como el de 2022 y 2023, sería a través de reformas desde el Congreso.

SI SE APRUEBA
Respecto de si se aprueba el texto, Valle indicó que “la Constitución de 1980 queda derogada, se elimina”. Sin embargo, aclaró que “hay gente que cree que al entrar en vigencia una nueva Carta Magna cambian automáticamente las leyes, y que los jueces tienen que aplicarla directamente al otro día. Eso no es verdad. Las leyes siguen vigentes”. Y añadió que “nosotros tenemos códigos y leyes que siguen vigentes: el Código Civil o el Código Penal, por ejemplo. Han tenido reformas, pero no han cambiado porque la Constitución cambia. Para que cambie una ley, el Congreso tiene que ponerse de acuerdo. Ahora, claro, la nueva Constitución fijaría los límites, los deslindes en los que se puede legislar, pero las leyes no cambian automáticamente. Y los jueces, salvo algunas excepciones, no aplican directamente la Constitución. Lo que los jueces en general aplican es la ley”. Para el abogado, “lo más importante es votar lo más informado posible, si bien no es tan simple leer y entender todo el texto, sería una buena alternativa analizar y buscar información sobre las temáticas que puedan ser de interés para cada persona”.