Corte confirma condena a mujer por asalto a mall chino de Talca

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La Segunda Sala del tribunal de alzada, confirmó la sentencia condenatoria contra una mujer involucrada en un asalto a un mall chino de Talca.

Rechazó recurso de nulidad. El hecho ocurrió en julio del año pasado, cuando la mujer atacó al propietario del recinto, a un cliente y un trabajador.

TALCA. La Corte de Apelaciones de esta ciudad rechazó un recurso de nulidad presentado por la defensa y ratificó la sentencia que condenó a una mujer a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autora del delito consumado de robo con intimidación y violencia. Ilícito perpetrado en julio del año pasado, en la ciudad.

Karla Espinoza Cano estuvo involucrada en un asalto a un mall chino de esta ciudad en julio del año pasado y atacó al propietario, un cliente y un trabajador, resultando con lesiones leves.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada -integrada por el ministro Hernán González García, el fiscal judicial Gonzalo Pérez Correa y el abogado (i) Robert Morrison Munro- confirmó la resolución impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca.

RESOLUCIÓN

“Que la defensa de la sentenciada interpuso recurso de nulidad para que se invalide la decisión y el juicio y se lleve a cabo un nuevo juicio ante el tribunal no inhabilitado que corresponda. Se funda en la causal contemplada en el artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, en relación con lo estatuido en los artículos 342 letra c) y 297 del mismo cuerpo normativo”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Que el motivo de nulidad esgrimido por la defensa exige que en la construcción de la sentencia se incurra en yerros que atenten en contra del método de apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, sea a la lógica, las máximas de experiencia o los conocimientos científicamente afianzados, y que ello influya de lo dispositivo en grado tal que haga procedente invalidarla”.

Para el tribunal de alzada: “(…) el análisis de lo resuelto da cuenta, sin embargo, que el fallo sí contiene el examen ponderado de las probanzas y la desestimación de lo expresado por la sentenciada, según se lee en el apartado sexto que concluye afirmando: ‘De este modo, con las pruebas reseñadas, no existe duda alguna que la acusada tuvo activa participación en el delito de robo con violencia que afectó al dueño del mall chino, a un dependiente y a un cliente, quienes resultaron con lesiones de carácter leves, según dan cuenta los respectivos datos de atención de urgencia”.