Sábado, Noviembre 23, 2024
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Senadora Rincón destaca avance del proyecto “devuélveme mi casa”

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Iniciativa. Establece que quienes no cancelen arriendos, tienen diez días para pagar sus deudas y que, si no lo hacen, pueden ser desalojados con orden judicial.

VALPARAÍSO. Como una gran noticia para miles de personas que no reciben pagos por el arriendo de sus casas, calificó la senadora por el Maule, Ximena Rincón González, la aprobación por unanimidad en el Senado del proyecto que establece un procedimiento más ágil y expedito para que los dueños de inmuebles arrendados puedan recuperarlos en casos de morosidades sostenidas o daños, iniciativa conocida como proyecto “devuélveme mi casa”

“Muchas personas no reciben el fruto del arriendo de sus inmuebles, lo que las pone en una difícil situación económica. Por eso, con la aprobación de esta ley cuando no se pagan los arriendos, cuando no se pagan las cuentas de servicios básicos, se va a poder pedir la restitución de la casa, en un plazo máximo de diez días.  Si no se entrega, habrá desalojo a través de carabineros.  Es un proyecto tremendamente importante que por fin ve la luz”, aseguró la legisladora.

PROCEDIMIENTO RÁPIDO

Ximena Rincón añadió con esta nueva normativa habrá un procedimiento rápido y expedito que permitiría a los propietarios de inmuebles arrendados, recuperarlos en casos de morosidades sostenidas o daños.

La iniciativa, que fue objeto de varios cambios, vuelve a la Cámara de Diputados a cumplir su tercer trámite constitucional y en caso de ser aprobada quedaría lista para convertirse en ley.

La senadora explicó que el proyecto establece plazos y condiciones para que los propietarios puedan solicitar la restitución de sus bienes arrendados y los pagos asociados a los gastos de consumo de servicios básicos y gastos comunes.

Agregó que la normativa establece una medida precautoria de restitución anticipada del inmueble y el lanzamiento del arrendatario demandado, con auxilio de la fuerza pública si fuere necesario.

Esto se podrá ordenar a solicitud del demandante en aquellos casos en que se demande el término del contrato y la restitución del bien arrendado, fundado en que esté destruido parcialmente o haya quedado inutilizado para su uso.

La legisladora destacó que ahora habrá un procedimiento más simple y expedito para el cobro de las rentas adeudadas. En el caso de que el deudor no pague, el juez dispondrá su lanzamiento y el de los otros ocupantes en un plazo no superior a 10 días, contado desde que la respectiva resolución se encuentre firme y ejecutoriada.

Asimismo, el proyecto facilita la notificación de la demanda y la resolución que sobre ella recaiga; simplifica los requerimientos de pago al deudor, disponiendo que éstos se tendrán por formulados, por el solo ministerio de la ley, junto con la notificación de la demanda, el primero; y transcurridos 5 días desde que ésta se haya verificado, el segundo.

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