Jueves, Noviembre 28, 2024
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MOP ordena cierre de bocatomas para evitar eventuales crecidas por lluvias

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Multas. Incumplimiento de medida, podría significar sanciones civiles, penales y económicas que podrían superar los $28 millones.

TALCA. Como una forma de prevenir el peligro de grandes caudales de aguas, producto de las lluvias que pudiesen originarse entre mayo y septiembre, la Dirección Regional de Aguas del Ministerio de Obras Públicas ordenó a todas las Juntas de Vigilancia, Asociaciones de Canalistas, Comunidades de Aguas y usuarios de aguas con obras de captación en  cauces naturales, el cierre de las bocatomas y el retiro de todos los elementos adicionales a las captaciones que puedan entorpecer el libre escurrimiento de las aguas. Esta instrucción rige desde el 15 de mayo al 15 de septiembre en la Región del Maule. 

Asimismo, en los casos de quienes tengan captaciones rústicas, deberán efectuar los cierres con los materiales adecuados, habilitando los cauces de descarga para que probables excesos de agua puedan ser desviados convenientemente, y así no afecten las áreas aledañas al cauce por desbordes de éste, especialmente en poblaciones, caminos u otras obras. 

SEREMI

El seremi del MOP, Renzo Casas-Cordero, explicó que la medida también aplica a las personas u organizaciones de usuarios responsables de la administración de tranque y embalses, los que deberán disponer todas las medidas tendientes a garantizar que el agua almacenada y los excesos de ella no pongan en peligro la vida o salud de los habitantes de las áreas circundantes. 

Las Juntas de Vigilancia, Asociaciones de Canalistas, Comunidades de Aguas y todos los usuarios de aguas, deberán registrar nombre, domicilio, teléfono y correo electrónico del encargado del control de bocatoma y compuerta del canal. 

En el caso de los canales que conduzcan aguas destinadas a usos domésticos o industriales para la generación de energía y aquellos de regadío que se utilicen para cultivos de invierno, podrán ser operados siempre que cuenten con dispositivos adecuados para controlar el ingreso de agua durante las crecidas, como para evacuar los excesos captados sin afectar a terceros. Igualmente, el acueducto deberá encontrarse en un estado de mantención óptimo, contar con personal competente que maneje la bocatoma y un plan de acción frente a crecidas. 

En caso de incumplimiento de las medidas ordenadas, será motivo para que los perjudicados y otras reparticiones públicas concurran ante el Juez de Policía Local para la aplicación de la multa correspondiente entre el segundo y tercer grado, entre 51 y 500 unidades tributarias mensuales ($2.894.862 y $28.381.000), independiente de las acciones civiles o penales que se puedan ejercer.

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