Primera instancia. Primer Juzgado de Letras de Curicó estableció que el principal centro asistencial de Curicó, tendrá que pagar 160 millones de pesos a la familia de Benedicta López Valenzuela.
CURICÓ. En el contexto de un fallo de primera instancia, el Primer Juzgado de Letras de Curicó estableció que el Hospital de Curicó deberá cancelar una millonaria indemnización (en total 160 millones de pesos) por concepto de “daño moral”, a la familia de Benedicta de las Mercedes López Valenzuela, mujer que según consta en dicho proceso, falleció debido a la “falta de servicio” en la que incurrió el citado recinto asistencial.
Se trata de un juicio que ya lleva al menos cinco años de tramitación, donde “aduciendo que hubo una mala práctica por parte del hospital”, la familia de la víctima recurrió al estudio jurídico del abogado Leonardo Fuentes, a fin de que asumiera su defensa.
Al respecto, en contacto con diario La Prensa, los abogados Leonardo Fuentes y Alejandro Valenzuela, recalcaron que “ninguna suma de dinero será suficiente” tratándose de una familia que “perdió a un ser querido”, en este caso una “madre de seis hijos y cónyuge”.
ANTECEDENTES
El hecho en sí se remonta al 2013, cuando Benedicta López ingresó al Hospital de Curicó a raíz de un cálculo en la vía urinaria. “A esta persona se le instaló un pigtail (catéter) para aliviarla, pero lamentablemente el cuerpo de ella lo rechazó, después de dos semanas lo tuvieron que retirar. Básicamente, como pasa en muchas ocasiones, la mandaron para la casa, sin darle mayor información”, señaló el abogado Alejandro Valenzuela.
“A ella nunca se le informó, ni a nadie de la familia, que el cálculo que ella tenía en las vías urinarias, quedó ahí, nunca lo retiraron, el tratamiento no fue efectivo. Tampoco la citaron a ningún control o revisión posterior a eso”, acotó el jurista.
La postura de quienes representan a la familia de Benedicta López, indica que aquel punto permite explicar lo que ocurrió de manera posterior: un año después “se generó un cuadro que derivó en una infección urinaria, que pasó a una asepsia, que básicamente es una infección dentro del cuerpo. Cuando fue trasladada al hospital ya estaba claro el desenlace, ella llegó con paros y con una infección generalizada. Lo que estima el tribunal es que el tratamiento otorgado por el hospital no fue el adecuado, teniendo en consideración que habían otras posibilidades para haber salvado la vida de esta persona, o en su momento haber retirado simplemente un cálculo”, dijo Valenzuela.
CORTE DE APELACIONES
Ya que corresponde a un fallo de primera instancia, la entidad que, en este caso, fue condenada a cancelar la aludida indemnización, dispone, al menos en esta etapa, de dos alternativas: o acepta el fallo, o bien recurre a la Corte de Apelaciones de Talca.
“Eso es aplicable a ambas partes, nosotros también podemos recurrir y pedir que se eleven los montos indemnizatorios”, subrayó.
De hecho, según la información que disponen los citados abogados, el Hospital de Curicó ya fue notificado del fallo, recurriendo precisamente a la aludida corte. Si se mantiene la decisión emanada desde el Primer Juzgado de Letras de Curicó, el hospital tendría una última opción en el ámbito jurídico: acudir a la Corte Suprema.
CONFIANZA
“La mencionada sentencia es el primer paso en un juicio que lleva cinco años de tramitación, en donde dimos una batalla de la forma más profesional posible, con argumentos y pruebas sólidas, que fueron recogidas y aceptadas por el tribunal (…) Confiamos que la declaración realizada por el tribunal, en cuanto reconoce la falta de servicio por parte del hospital, ayudará a encontrar tranquilidad y justicia a nuestros representados. Debemos agradecer a la familia y a la fundación Justicia Por Amor, quienes siempre confiaron en nuestro trabajo y desempeño, ratificando nuestro compromiso con éstos para seguir trabajando a su lado, con lo valores de seriedad, responsabilidad, compromiso y trasparencia que nos caracterizan”, concluyeron los abogados.