Tres municipios maulinos y SLEP Maule Costa con funcionarios inhabilitados para trabajar con menores

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La Contraloría detectó entidades que no cumplieron con la normativa de inhabilitación para cargos que involucran una relación directa y habitual con menores.

El año pasado, los casos a nivel nacional fueron 35. En su mayoría, corresponden a personas vinculadas al ámbito escolar.

POR CARLOS ARIAS MORA

SANTIAGO/TALCA.  La Con-traloría General de la República detectó, a nivel nacional, a 35 personas inhabilitadas para trabajar con menores de edad que, durante el 2025, aparecen con contrato para ejercer funciones en entidades públicas “con contacto directo y habitual con menores”.

Se trata de un reporte en el cual aparecen tres municipios de la Región del Maule (Constitución, San Javier y Vichuquén), además del Servicio Local de Educación Pública, SLEP Maule Costa. Se informó que en la mayoría de los casos, los cargos estaban vinculados al ámbito escolar: profesor, asistente de la educación y auxiliar de aseo.

Según el Artículo 6 bis del Decreto Ley No 645, toda institución que requiera contratar o designar a una persona para algún empleo, cargo, oficio o profesión que involucre una relación directa y habitual con menores, deberá, antes de efectuar dicha contratación o designación, solicitar la información relativa a si la persona se encuentra afecta a alguna de las inhabilitaciones de los artículos 39 bis y 39 ter del Código Penal, referidas a la inhabilitación absoluta, perpetua o temporal para desempeñar funciones que impliquen relación directa y habitual con menores.

PROCESO

En tal contexto, la Contraloría señaló que las entidades que actualmente mantienen vínculo jurídico con personas inhabilitadas para trabajar con menores, deberán iniciar el procedimiento disciplinario respectivo, para determinar las responsabilidades administrativas por el incumplimiento del artículo 6 bis del Decreto Ley No 645, remitiendo el acto administrativo que inicia dicho sumario.

A ello se suma lo dispuesto en el artículo 63 de la ley No 18.575, tanto respecto de las remuneraciones pagadas a la persona inhábil como de las responsabilidades administrativas de los funcionarios que intervinieron en su nombramiento.

En el plazo de cinco días hábiles, lo anteriormente descrito debe ser informado al Sistema de Inspección de Acciones Derivadas de la Contraloría General de la República.

ÚLTIMOS AÑOS

La Contraloría compartió la cifra de tal tipo de casos que se ha presentado durante los últimos años a nivel nacional: 2020, 12 casos; 2021, 17; 2022, 26; 2023, 33; 2024, 41 y 2025, 35.