Ayer el Juzgado de Garantía de Molina decretó la medida cautelar de prisión preventiva contra abogado de 48 años. Tras choque frontal en ruta K-175, examen respiratorio de alcotest arrojó 2.44 gramos de alcohol por litro de sangre. Junto con ello, examen narcotest marcó positivo para el consumo de marihuana.
POR CARLOS ARIAS MORA
FOTOS MANUEL ESPINOZA ÁVILA
MOLINA. El conductor acusado del fatal accidente que ocurrió la tarde del pasado domingo en la ruta K-175, ya contaba con un antecedente por conducción en estado de ebriedad. Aquel dato fue dado a conocer ayer, durante el desarrollo de la audiencia de formalización de cargos en contra de dicho sujeto, de profesión abogado, de 48 años, instancia donde el Juzgado de Garantía de Molina decretó la medida cautelar más gravosa de todas, es decir, prisión preventiva. El aludido antecedente se remite al 2021 en Curicó, donde al año siguiente se vio beneficiado por una pena “sustitutiva”, la cual ya cumplió.
ANTECEDENTES
En la mencionada audiencia, el fiscal subrogante de Molina, Marcelo Garrido, fue el encargado de dar a conocer el informe de la SIAT de Carabineros, el cual señala que el vehículo que conducía el ahora imputado, en dirección al poniente, lo hacía a una velocidad no “razonable e imprudente”, de manera “tangencial”. En tal contexto, traspasó el eje de la calzada, impactando de manera frontal al vehículo donde iban las víctimas: Marisol Valenzuela Fuenzalida (60 años) y sus hijos Manuel Rojas Valenzuela (20 años, conductor) y Thiare Rojas Valenzuela (26 años). Junto con ello, se dio a conocer que el examen respiratorio alcotest, arrojó 2.44 gramos de alcohol por litro de sangre, mientras el examen narcotest marcó positivo para el consumo de marihuana. Además se recalcó que, sobre la base de los informes de autopsia, producto de las lesiones que sufrieron, ya no era posible salvar la vida de las víctimas, incluso en el caso de que hubiesen recibido “un oportuno socorro médico”. Durante la audiencia, la magistrada suplente, María Jesús Reyes, recalcó la prohibición de dar a conocer el nombre del imputado, al menos en la actual instancia procesal.
TESTIGO
Otro antecedente que también se expuso en la audiencia fue el testimonio de un conductor, quien, previo al accidente, observó el actuar del abogado, quien avanzaba a gran velocidad, “zigzagueando”, adelantando vehículos. De hecho, señaló que al querer adelantarlo a él, prefirió correrse a la orilla de la ruta para que no lo chocara, ya que le había “tirado el auto encima”. Cabe señalar que en la audiencia también participó, de manera remota, el abogado Carlos Gajardo, en específico, en calidad de querellante. Su intervención tuvo cierto grado de dificultad, debido a problemas en la conexión.
RESOLUCIÓN
En definitiva, tras ser formalizado como autor del delito de conducción en estado de ebriedad, bajo efectos de estupefacientes o sicotrópicos con resultado de muerte, el Juzgado de Garantía de Molina acogió la petición expuesta por la Fiscalía, dando curso a la medida cautelar de prisión preventiva, considerando que la libertad del imputado es un “peligro para la seguridad de la sociedad”. El plazo para el desarrollo de la respectiva investigación fue fijado en tres meses. Por su parte, a solicitud de la defensa del imputado, el tribunal determinó que el abogado cumplirá la aludida medida cautelar en la cárcel de Parral.
FUTURA PENA
Una vez finalizada la audiencia, el fiscal (s) de Molina, Marcelo Garrido, reconoció que, de cara a futuras instancias judiciales, el antecedente con el que ya contaba el ahora imputado, por manejo en estado de ebriedad, “será relevante”. “A juicio de la Fiscalía, la pena mínima sería de cinco años y un día. Estamos en el rango de presidio mayor en su grado mínimo, esto es de cinco años y un día a 10 años, según los antecedentes que fueron expuestos hoy (ayer)”, recalcó.



























